Subsidies and social funds

Servicio municipal de Aguas Termino de Calvià (ATERCA)

 

Tarifas Bonificadas

Las Tarifas Bonificadas suponen la reducción de las cuotas de servicio para grupos específicos con circunstancias de necesidad o en peligro de exclusión social.

  • Familias numerosas

    ¿Que descuento aplicamos?

    Bonificación por familia numerosa general: Descuento del 10% sobre el concepto consumo de agua.

    Bonificación por familia numerosa especial: Descuento del 15% sobre el concepto de consumo de agua.

     

    ¿A quién es aplicable?

    Es aplicable a las familias que dispongan del carnet de familia numerosa general o especial. Las condiciones para poder optar a carnet de familia numerosa las determina el ayuntamiento de Calvià.

      

    ¿Como se solicita?

    Tienen que presentar el carnet de familia numerosa y el certificado de convivencia de la unidad familiar a ATERCA.

    Para obtener la bonificación cada año, se tendrá que renovar la solicitud anualmente durante el mes de enero. En caso que durante el enero no se reciban las renovaciones, la bonificación quedará anulada desde el mes de febrero de cada año, según la normativa municipal.

  • Majors de 65 anys

    ¿Que descuento aplicamos?

    Descuento del 30% en la cuota de servicio del agua.

     

    ¿A quién es aplicable?

    Titulares del servicio de agua mayores de 65 años y siempre el titular y las personas que convivan en el mismo domicilio, tengan un nivel de ingresos anuales igual o inferior al SMI, vigente en cada momento.

     

    ¿Como se solicita?

    Tienen que presentar la documentación acreditativa de ingresos y el certificado de convivencia de la unidad familiar a ATERCA durante el mes de enero de cada año.

    Para obtener la bonificación cada año, se tendrá que renovar la solicitud anualmente durante el mes de enero. En caso que durante el enero no se reciban las renovaciones, la bonificación quedará anulada desde el mes de febrero de cada año, según normativa municipal.

  • Bonificación por fuga

    ¿Que descuento aplicamos?

    Al consumo correspondiente a la fuga, le aplicaremos la tarifa correspondiente al bloque 2 de la tarifa vigente en cada momento.

     

    ¿A quién es aplicable?

    Un consumo es asimilable a la fuga, si este supera en más de 50 m3 y en un 40% el correspondiente del mismo período del año anterior, siempre que persistan las mismas condiciones de utilización del edificio o vivienda o en su defecto, el consumo medio de dos bimestres anteriores al momento de la avería. Según normativa municipal, no será aplicable la bonificación en aquellas que se produzcan en los 24 meses siguientes a la acceptación de una fuga anterior.

     

    ¿Como se solicita?

    Aportando a ATERCA la factura de la reparación de la fuga.

  • Bonificaciones en el canon del agua

    • Bonificación subjetiva: reducción de la cuota del canon del agua, cuando el nivel de ingresos de la unidad familiar sea inferior al baremo que determina el Govern Balear.
    • Bonificación objetiva: reducción de la cuota del canon del agua, si el suministro se encuentra en una zona sin depuradora de agua en servicio o en suelo no urbanizable, según los baremos que determina el Govern Balear.
    • Bonificación por reutilización de agua depurada: Reducción de la cuota del canon del agua si una parte del agua consumida proviene de la reutilización de agua depurada.

     

    El canon del agua es un tributo que ATERCA recauda por cuenta de l'Agència Tributària de les Illes Balears. El detalle de cada una de las bonificaciones indicadas, los requisitos que hay que cumplir para tener derecho y la forma de tramitarlas se encuentran descritas en la página web de l'Agència Tributària de les Illes Balears.